¿A QUIÉN VA DIRIGIDO ICEX NEXT?

Con el Programa ICEX Next queremos fomentar la Internacionalización de las Empresas o Startups Españolas y su confianza en los mercados exteriores.

Este Programa está dirigido a cualquier Pyme o Startup Española que tenga un producto o servicio propio y/o marca propia. Además de una facturación superior a los 300.000 euros, exceptuando las Startup de base tecnológica. Este Programa también ofrece una oportunidad para las empresas afectadas por el BREXIT y las Pymes que fueron participantes del programa PIPE entre el año 1997 y 2007.

Así que si tienes una empresa que cumpla estas condiciones, no dudes en participar. APÚNTATE

Requisitos del programa

PYME O STARTUP

PRODUCTO O SERVICIO PROPIO

Los servicios deben realizarse en el exterior

MARCA PROPIA

FACTURACIÓN +300.000€

Salvo para Startup de base tecnológica

WEB PROPIA

PERSONAL INTERNACIONALIZACIÓN

Más información sobre los requisitos

Podréis participar en el Programa todas las Pymes o Startups españolas de base tecnológica, entendiendo como PYME el Reglamento de la Unión Europea nº 651/2014.

También os dejamos la Guía del usuario sobre la definición del concepto de pyme de la Comisión Europea.

Es fundamental que tengáis un producto o servicio propio con marca propia. En el caso de los servicios, deberéis prestarlos en el exterior.

Deberéis haber facturado más de 300.000 euros en 2022, salvo las Startups de base tecnológica y reciente creación. Eso sí, todas vuestras empresas deberán tener una página web propia y personal para acometer el proceso de internacionalización.

También podréis participar en este Programa las empresas que hayáis participado en los Programas PIPE de Iniciación a la Exportación de ICEX, entre 1997 y 2007, siempre y cuando hayáis facturado más de 1,5 millones de euros en 2022.

Las empresas que os hayáis visto afectadas por el BREXIT y hayáis participado en el programa PIPE o ICEX Next con anterioridad al 1 de enero de 2015, podréis participar en esta nueva convocatoria, siempre y cuando vuestras ventas al Reino Unido sean superiores al 30% del total de vuestra facturación exterior anual o superiores a los 300.000 euros en el año 2022.

Exclusiones ICEX NEXT

Quedaréis excluidas las empresas que: